En el caso de que se haya separado y le toque pagar una pensión compensatoria a su excónyuge, sepa que puede sustituir dicha pensión por la entrega de la mitad de la vivienda habitual u otro inmueble que sea de su propiedad. A continuación, le mostramos cómo actuar para tributar menos.
Pensión compensatoria en especie
Si usted se separa y tiene la obligación de satisfacer una pensión compensatoria a su excónyuge:
- Podrá reducir la base imponible de su IRPF en el importe satisfecho cada año, tributando menos por dicho impuesto.
- Su excónyuge, por su parte, deberá declarar la pensión recibida en su IRPF como un mayor rendimiento del trabajo.
En la mayoría de casos de forma habitual, se suele acordar la sustitución del pago mensual de dicha pensión por un pago único o en especie; un claro ejemplo de ello puede ser la concesión del 50% de la vivienda habitual que la pareja tenía en común. En caso de que quiera optar por esa vía, sepa que puede salir perjudicado:
- Deberá declarar una ganancia en su IRPF por el aumento de valor que haya experimentado su mitad de la vivienda desde que la adquirió.
- Asimismo, si la cuantía del pago en especie (es decir, el valor de su mitad de la vivienda) es superior a la base imponible de su IRPF del año de la transmisión (base general y del ahorro juntas), perderá el exceso sobre dicha base y no podrá aplicarlo en los años siguientes, con el coste fiscal que ello implica.
¿Cómo debemos actuar entonces?
Ante este tipo de situación, se dispone de una alternativa para satisfacer la pensión compensatoria y evitar el coste fiscal tan elevado que nos puede llegar a suponer.
- Disuelvan el condominio sobre la vivienda y adjudique su 50% a su ex cónyuge, acordando que éste le pague el precio de su parte de la vivienda en varios años.
- Por otro lado, pacten una pensión compensatoria en metálico por un importe fijo igual al importe que su ex cónyuge le deberá pagar por su parte de la vivienda y que sea pagadera de forma fraccionada en las mismas fechas.
- Por último, cada año, cuando llegue la fecha acordada, formalicen un documento compensando unos pagos con los otros.
Siguiendo estas instrucciones, usted se podrá deducir la totalidad de la pensión satisfecha de la base imponible de su IRPF
Artículo: La vivienda a cambio de la pensión
Autor: Urbano Consultores Valencia
Fecha: Valencia 12 de abril 2020