Se amplían los plazos de declaración y autoliquidaciones tributarias

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Se amplían los plazos de declaración y autoliquidaciones tributarias por la crisis del COVID-19.

Dado lo excepcional de la situación en la que nos encontramos, desde el Gobierno se han tomado medidas extraordinarias para intentar, de algún modo, ayudar a la población. Entre ellas, se encuentra la entrada en vigor de una norma que amplía hasta el próximo 20 de mayo los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos con un volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019 y cuya fecha de vencimiento se produzca entre el 15 de abril y 20 de mayo.
Si echamos un vistazo al Real Decreto-Ley 14/2020, de 14 de Abril , por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias, y comprobamos que el volumen de operaciones de nuestra empresa no superó el límite de 600.000 euros, hemos de saber que podemos presentar las declaraciones y autoliquidaciones del primer trimestre de 2020 hasta el próximo 20 de Mayo.

Se amplían los plazos de declaración y autoliquidaciones tributarias: Si es desconocedor de la cifra exacta del volumen de operaciones de su empresa en 2019, puede consultar la casilla 108 del resumen anual de IVA (modelo 390) de dicho año.

Se amplían los plazos de declaración y autoliquidaciones tributarias por el COVID19

Se amplían los plazos de declaración y autoliquidaciones tributarias

Si decide que el método de pago que va a emplear para el pago de sus impuestos es la domiciliación bancaria, le conviene saber que el plazo de la presentación de las autoliquidaciones se amplía hasta el 15 de Mayo.

Empresas que no pueden beneficiarse del Real Decreto-Ley 14/2020, de 14 de Abril

Lamentablemente, no todas las empresas pueden acogerse a la ampliación de estos plazos. Independientemente de su volumen de operaciones en el año 2019, las empresas que no van a poder verse beneficiadas por este Real Decreto-Ley son:

  • Los grupos fiscales que apliquen el régimen especial de consolidación fiscal del Impuesto sobre Sociedades.
  • Los grupos de entidades que tributen en el régimen especial de grupos de entidades del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Esta medida tampoco afecta a las declaraciones aduaneras reguladas en el código aduanero de la UE.

Asesoría Urbano Consultores Valencia

En urbano Asesores siempre estamos actualizando la información de manera diaria para poder ofreceros el servicio profesional que se merece. En estos tiempos de crisis, sabemos lo importante que es sentirse arropado y que nos den una solución eficaz para todos nuestros problemas, por ello, en Urbano Asesores trabajamos para ayudarle y que no se sienta abandonado. Somos tu asesoría de confianza en Valencia, Calle Sueca 81. Nos encontrarás en el teléfono 960 095 891. No lo dudes, Urbano Asesores, brindando soluciones a los problemas del hoy para la tranquilidad del mañana.

Artículo: Se amplían los plazos de declaración y autoliquidaciones tributarias por el COVID19
Autor: Urbano Consultores Valencia
Fecha: Valencia 15 de abril 2020

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